Sector

Licitaciones públicas de Servicios Sanitarios y Sociosanitarios

Licitaciones de suministros sanitarios (medicamentos, productos sanitarios, diagnóstico), servicios hospitalarios (lavandería, restauración de pacientes, esterilización) y gestión de centros sociosanitarios y ayuda a domicilio. Mercado articulado a menudo mediante acuerdos marco de centrales de compra de los servicios de salud autonómicos.

Códigos CPV habituales

CPVDescripción
33000000Equipos médicos, farmacéuticos y de higiene personal
33100000Equipamiento médico
33600000Productos farmacéuticos
85100000Servicios de salud
85311000Servicios de asistencia social con alojamiento

Importes habituales: Desde 50.000 € (suministro puntual a un centro de salud) hasta más de 100 millones € (acuerdos marco plurianuales de suministros farmacéuticos autonómicos).

Criterios de adjudicación típicos

Características técnicas del producto o servicio sanitario

30-50 puntos

Conformidad con especificaciones del pliego técnico, marcado CE del producto sanitario, ficha técnica y evidencia clínica cuando proceda.

Servicio postventa y asistencia técnica

10-20 puntos

Plazos de intervención garantizados, formación al personal clínico, mantenimiento preventivo y disponibilidad de piezas de repuesto.

Cualificación y experiencia del personal asistencial

10-20 puntos

Titulación y especialización acreditada de médicos, enfermeros y auxiliares adscritos al contrato, ratios de personal por usuario o cama.

Sistemas de calidad y trazabilidad

5-15 puntos

Certificaciones ISO 13485 para productos sanitarios, buenas prácticas de fabricación para medicamentos, trazabilidad de lotes.

Notas normativas

  • Reglamento (UE) 2017/745 sobre productos sanitarios: exige certificación CE emitida por organismo notificado según la clase de riesgo del producto (I, IIa, IIb, III).
  • Art. 130 LCSP: subrogación de personal en servicios sociosanitarios (residencias, ayuda a domicilio) cuando lo prevea el convenio colectivo del sector aplicable, muy relevante por el peso de la mano de obra.
  • Acuerdos marco de centrales de compra autonómicas (art. 219-222 LCSP): seleccionan varios proveedores homologados y los centros adjudican pedidos concretos sin nueva licitación completa.
  • Clasificación empresarial no siempre exigible en suministros sanitarios, pero sí solvencia técnica específica (referencias de suministros análogos, certificados de calidad) conforme al art. 90 LCSP.
  • Confidencialidad y protección de datos (RGPD y LOPDGDD): especialmente relevante en contratos de servicios asistenciales y gestión de historiales clínicos.

Preguntas frecuentes

¿Qué certificación necesito para licitar productos sanitarios?

El marcado CE conforme al Reglamento (UE) 2017/745, emitido por un organismo notificado para las clases de mayor riesgo (IIa, IIb, III). Sin esta certificación vigente, la oferta queda excluida del procedimiento.

¿Puedo licitar como distribuidor sin ser fabricante?

Sí, siempre que se acredite la autorización del fabricante (carta de representación), el cumplimiento de la normativa sectorial aplicable y, en su caso, un seguro de responsabilidad civil por producto.

¿Cómo funcionan los acuerdos marco de las centrales de compra sanitarias?

Son procedimientos plurianuales (art. 219-222 LCSP) que seleccionan a varios adjudicatarios por categoría de producto; posteriormente cada centro sanitario emite pedidos concretos dentro del importe máximo, sin necesidad de una nueva licitación completa.

¿Se aplica la subrogación de personal en servicios sociosanitarios?

Sí, es habitual en residencias y servicios de ayuda a domicilio cuando el convenio colectivo aplicable así lo establece, conforme al art. 130 LCSP, dado el elevado peso de la mano de obra en este tipo de contratos.

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